Las empresas importadoras de productos cosméticos deberán comunicar previamente a la importación de los cosméticos la puesta en el mercado al Portal Europeo de cosméticos.
Una vez lleguen los cosméticos a la aduana el importador deberá aportar:
- Copia de la licencia de importación de productos cosméticos o copia de la declración responsable de importación de cosméticos presentada ante la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) junto con el justificante de pago de tasas.
- Factura.
- Packing list o albarán.
- Copia de la comunicación de puesta en el mercado de los cosméticos al portal europeo.
Las denominaciones de las etiquetas de los productos deberán corresponderse con las recogidas en el packing list y el la comunicación de puesta en el mercado.
La comunicación de puesta en el mercado debe hacerse por el responsable de comercialización de los cosméticos en la UE (Responsoble person).
En caso de que el importador no sea el responsable de puesta en el mercado, estas comunicaciones deberán sustituirse por el nombramiento del importador al responsable de puesta en el mercado.
ASECONSA puede asesorar a su empresa para la importación y comunicación de puesta en el mercado de los productos cosméticos.